Autorización residuos Andalucia

El trámite de autorización de tratamiento de residuos tiene por objeto regular las actividades de gestión de residuos que se realicen en el territorio. Puede tramitarse para una persona física o jurídica que vaya a ser gestora de residuos, o para las instalaciones donde vayan a desarrollarse las operaciones de tratamiento de residuos.

En Andalucía estas autorizaciones están reguladas por el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía. Además, las autorizaciones de tratamiento de residuos pueden estar integradas en los procedimientos de Autorización Ambiental Unificada (AAU) o Autorización Ambiental Integrada (AAI), en los casos en que las actividades de gestión de residuos estén sujetas a dichos procedimientos de prevención ambiental.

¿Quiénes se tienen que someter a la autorización de tratamiento de residuos?

  • Instalaciones ubicadas en Andalucía donde se vayan a desarrollar operaciones de valorización y eliminación de residuos, incluida la preparación anterior a dichas operaciones y el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento. También la ampliación, modificación sustancial o traslado de dichas instalaciones.
  • Personas o entidades que realicen operaciones de tratamiento de residuos.
  • El traslado de residuos desde o hacia otros países de la Unión Europea.
  • El depósito en vertedero de residuos que no hayan sido sometidos previamente a una operación de valorización.

¿A qué administración hay que presentarlo?

Para actividades de valorización o eliminación de residuos peligrosos que excedan del ámbito territorial de una provincia, se presentará en la Dirección General con competencias en materia de residuos.

Para el resto de los casos, se presentará en las Delegaciones Provinciales de la Consejería con competencias en medio ambiente.

¿Cuál es el Contenido de la solicitud de autorización?

Para instalaciones de tratamiento de residuos:

  • Identificación de la persona física o jurídica propietaria de la instalación.
  • Ubicación de las instalaciones.
  • Proyecto técnico, proyecto de explotación y proyecto de clausura.
  • Justificación de la solicitud: residuos a gestionar, código LER, procesos de gestión…
  • Presupuesto de los medios de la empresa para la gestión de los residuos.
  • Plan de autoprotección para instalaciones en las que se vayan a gestionar residuos peligrosos.
  • En su caso, justificante del pago de la tasa correspondiente.
  • Memoria económica donde se ponga de manifiesto la viabilidad del proyecto.
  • Documentación acreditativa del seguro y fianza exigibles, en su caso.

Para personas o entidades que realizan operaciones de tratamiento de residuos:

  • Identificación de la persona o entidad que solicita llevar a cabo la actividad de tratamiento de residuos.
  • Descripción detallada de las actividades de tratamiento de residuos.
  • Métodos que se utilizarán en cada operación de tratamiento y medidas de seguridad y precaución, así como las operaciones de supervisión y control previstas.
  • Capacidad técnica para realizar las operaciones de tratamiento previstas en la instalación.
  • Documentación acreditativa del seguro y fianza exigibles, en su caso.

¿Cuál es el plazo del trámite?

El plazo de resolución de la autorización será de 10 meses desde la entrega de la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación, a excepción de que la autorización esté integrada en la AAU o AAI cuyos plazos se ajustarán a los de dichos procedimientos de autorización.

Legislación a consultar

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